Límites a la externalización migratoria | Opinión

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha asestado un duro golpe a los intentos del Gobierno italiano de internar sistemáticamente a migrantes en Albania. El tribunal considera que no basta con calificar como “seguro” un país para devolver a un inmigrante al mismo. Para hacerlo, cualquier medida debe respetar, por encima de todo, los derechos humanos y permanecer sujeta al escrutinio judicial. La sentencia entorpece la maquinaria de deportación e internamiento que trata de poner en marcha Giorgia Meloni y es también una llamada de atención para los gobiernos y las instituciones europeas que busquen externalizar o acelerar deportaciones bajo el amparo del nuevo Pacto de Migración y Asilo, en el que se asumen parte de los postulados italianos.

La justicia europea da la razón a los jueces de Roma, que han bloqueado los tres traslados de migrantes decididos hasta el momento por Meloni desde que en noviembre de 2023 firmó el acuerdo con el Ejecutivo de Tirana. Según aquel pacto, Albania se comprometía a abrir dos centros de acogida e identificación de inmigrantes rescatados en el Mediterráneo. En la práctica, Roma externalizaba fuera de la UE la gestión del asilo y la deportación de inmigrantes. Si los solicitantes pertenecían a alguno de los 22 países considerados seguros por Italia, podían ser expulsados e internados esos centros de manera automática hasta su deportación. Si se aplican los criterios de la sentencia, que sostiene que basta con que haya un colectivo o minoría perseguidos para que todo el país se considere inseguro, la lista se limitaría a solo siete países.

En 2022, el Reino Unido puso en marcha un plan parecido para trasladar a Ruanda a solicitantes de asilo, declarado ilegal por la justicia y abandonado después. En Estados Unidos se está viendo la versión más extrema de esta idea. Ha deportado a El Salvador a centenares de inmigrantes acusándolos de crímenes sin pruebas y está desafiando abiertamente a los tribunales.

Bruselas tampoco escapa a esa tentación. El Pacto Migratorio y de Asilo de la UE, que entrará en vigor en junio de 2026, también contempla la externalización de ciertas fases del procedimiento de asilo o de la gestión migratoria, aunque mediante el acuerdo con países terceros para reforzar devoluciones y controles fronterizos. Pero el tribunal de Luxemburgo hace hincapié en qué se considera un país seguro y recuerda que no se permitirán los procedimientos automáticos, sino que las expulsiones deben ser examinadas de forma individual.

El fallo pone límites muy claros a lo que los Estados pueden o no pueden hacer, incluso si hay consenso político para actuar con mayor dureza contra la inmigración. La sentencia anticipa que el pacto migratorio europeo se verá judicializado, porque no hay acuerdo político que esté por encima de los derechos humanos.

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