Me han dado un diagnóstico médico fallido: guía para poder reclamar una indemnización | Negocios

“Lo primero que noté fue una dureza en el pecho”. Teresa Zamorano tenía 39 años cuando sospechó que algo iba mal. En el hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva le practicaron una mamografía. Luego vino el silencio. “Llamé durante meses. Les escribí, les reclamé noticias”. Tiene documentadas 33 reclamaciones ante el hospital y la respuesta siempre era la misma: había mucha gente y tocaba esperar. “Pensaba que me llamarían si algo iba mal”. Un año después, y sin conocer los resultados de la primera prueba, la citaron para una segunda mamografía y una ecografía. Tres días más tarde le practicaron una biopsia. Dieciséis meses después de la primera consulta llegó la noticia: tenía cáncer en estado avanzado.

En el año y medio que estuvo sin tratamiento, la masa maligna de Teresa viajó por su cuerpo hasta afectar a sus huesos. La enfermedad, ya metastásica, ahora no tiene cura. “Solo pueden contenerlo”, cuenta por teléfono. Pese a su delicado estado de salud, ha decidido llevar a los tribunales al Servicio Andaluz de Salud: reclama más de 300.000 euros por ser víctima de un diagnóstico tardío. “Lo hago por mis hijas, es injusto”. En la primera exploración era visible una única masa de 18 milímetros sin afección en los ganglios, mientras que “en la segunda prueba tenía cáncer de mama que se había dejado extender, localizado en varios tumores y metástasis ósea”.

El caso de Teresa —que insiste en que aparezca su nombre porque dice que no tiene nada que esconder— se une al de otras 2.000 mujeres que podrían no haber sido informadas de un posible diagnóstico de cáncer, tal como ha denunciado la Asociación de Mujeres con Cáncer de Mama (AMAMA). La asociación estudia vías legales para que las pacientes sean resarcidas económicamente por el daño sufrido.

Pero ¿es posible demandar a la Administración pública por un diagnóstico tardío? La respuesta es sí. Pero no es un camino fácil. Las bases de datos judiciales recogen multitud de antecedentes de familias que ganaron esta batalla judicial y fueron compensadas. Pero son pleitos sumamente complejos por varios factores. Para empezar, no todos los jueces dan la razón a las pacientes. De los que sí, la cuantía de las indemnizaciones oscila entre los 20.000 y los 300.000 euros.

Cada caso tiene sus estrías. Por ejemplo, hace unas semanas, el Tribunal de Justicia de Andalucía dio la razón en parte a una paciente que no recibió un diagnóstico de carcinoma hasta 2017, tres años después de la primera consulta. El tribunal autonómico admitió que la Administración fue demasiado lenta, pero rechazó indemnizar con 165.000 euros como pedía la demandante. Los magistrados utilizan un razonamiento recurrente para minorar las cuantías indemnizatorias: “Aun en el supuesto de que se hubiese detectado el cáncer desde un primer momento, gran parte de las lesiones que sufrió la actora y de los días de impedimentos, sin que sepamos cuántos, también hubieran acontecido”. Con estos argumentos, la Sala reduce la indemnización a 25.000 euros.

Pérdida de oportunidad

En los pleitos del orden contencioso-administrativo, donde se demanda a la Administración pública, es común que se indemnice lo que se conoce como pérdida de oportunidad. Se trata de un concepto tan abstracto como problemático, explica la abogada Isabel Bonilla, socia del bufete Bley Abogados, la firma especializada en negligencias médicas que lleva el caso de Teresa. “Lo que se reclama es que, de haber sido detectada precozmente dicha enfermedad, el pronóstico o las secuelas físicas serían diferentes”. Es decir, se demanda por “la privación de expectativas de curación”.

Una segunda noción legal clave es el nexo de causalidad. Los abogados deben aportar sesudos informes periciales para demostrar que existe una conexión innegable entre la actuación de los facultativos (o su pasividad) y el resultado. Muchas demandas acaban en un cajón porque es imposible demostrar este vínculo. “Algunos jueces aplican criterios excesivamente estrictos para determinar esa relación, lo que puede dificultar el reconocimiento de la responsabilidad”, corrobora la abogada Esther Jiménez, socia de Castillo-Calvin Abogados y con experiencia en casos de negligencias sanitarias.

No obstante, en el caso andaluz, la jurista cree que “el reconocimiento oficial del fallo organizativo por la Administración facilita su acreditación, pues evidencia un funcionamiento deficiente del sistema de detección”. En cualquier escenario, las pacientes deben saber que la batalla judicial es lenta. La ley exige, en primer lugar, agotar todas las vías de reclamación previas, con sus plazos y sus recursos. Y una vez en tribunales lo común es que la sanidad pública no dé su brazo a torcer. “La duración de estos procedimientos habitualmente se extiende entre tres y cinco años”, explica la abogada Isabel Bonilla, lo que “conlleva un desgaste psicológico para las pacientes”.

Pero ¿cuánto vale perder la oportunidad de tratar un cáncer? Es imposible de predecir. Cada juzgado sigue sus propias reglas. Algunos aplican baremos objetivos mientras que otros los rechazan. Y no es lo mismo indemnizar por un daño real y objetivo que por un daño moral. “El Tribunal Supremo ha reconocido que el daño moral afecta al bienestar psicológico, emocional y espiritual, más allá de lo físico”, explica la abogada Esther Jiménez. Sin embargo, la variedad de criterios para cuantificarlo genera un efecto ruleta rusa. “La ausencia de un baremo legal específico, como el que existe en materia de accidentes de circulación, fomenta disparidades notables entre las resoluciones judiciales”. Las pacientes pueden ganar la batalla, pero el camino judicial es sinuoso y de resultado incierto.

Tres documentos legales

Para doblar el brazo al Estado, las afectadas deben reunir tres pruebas vitales. En primer lugar, el informe mamográfico original y el historial clínico completo, donde se demuestre “que la paciente nunca fue informada ni citada para seguimiento”, explica la abogada Esther Jiménez. En segundo término, un informe médico-pericial donde se explique qué protocolo debió aplicarse y cuál fue el impacto del retraso en la salud de la paciente. Por último, en el caso de Andalucía, es relevante adjuntar las comunicaciones oficiales donde la Junta reconoce los fallos del sistema. 

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